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Actualizado: agosto 2026
Tu gasto no se pierde en la carretera, se pierde en el correo. Cargos de suscripciones que llegan como recibo en PDF y no como CFDI, la renta del coworking que nadie timbra, el recibo del internet a nombre de otra persona. Todo pagado con tarjeta, todo registrado en el banco, casi nada facturado a tu RFC.
los cinco gastos y dónde se pierde la factura de cada uno
- Software y suscripciones. El cobro es automático cada mes y el correo trae un recibo que no es CFDI. Hay que cargar el RFC en el panel de facturación de cada plataforma, y algunas solo emiten el comprobante dentro del mes del cobro.
- Equipo de cómputo. Laptop, monitor, disco externo. Se compra en línea o en tienda, se factura el mismo día o nunca, y luego hay que deducirla como inversión, no como gasto del mes.
- Internet y telefonía. El contrato quedó a nombre del dueño del departamento o de un familiar, así que el CFDI llega a un RFC que no es el tuyo.
- Renta del espacio de trabajo o coworking. Si le rentas a una persona física, el CFDI depende de que ella lo timbre, y muchas lo hacen tarde o solo cuando se les insiste.
- Papelería, café y mensajería. Compras chicas en autoservicio y tiendas de conveniencia con su propio portal y su propia ventana, como la de OXXO, que solo acepta ventas de los últimos tres meses.
qué exige el SAT en cada uno de esos gastos
El equipo de cómputo no es un gasto, es una inversión: computadoras de escritorio y portátiles, servidores, impresoras y unidades de almacenamiento tienen un porcentaje máximo de deducción del 30 por ciento anual (LISR, artículo 34, fracción VII). El IVA sí se acredita completo en el mes en que lo pagas, siempre que tengas el CFDI.
Para acreditar ese IVA, la Ley del IVA pide que el impuesto te haya sido trasladado expresamente y conste por separado en el comprobante fiscal, y que corresponda a bienes o servicios estrictamente indispensables para tu actividad (artículo 5, fracciones I y II). Un recibo genérico sin RFC no cumple ninguna de las dos.
Aquí está el punto que más se malinterpreta en RESICO. El artículo 113-E calcula el ISR sobre los ingresos amparados por CFDI efectivamente cobrados, sin incluir IVA y sin aplicar deducción alguna, con tasas de 1 a 2.5 por ciento hasta un límite de tres millones quinientos mil pesos anuales. Eso no cancela el IVA acreditable: la Ley del IVA considera estrictamente indispensables las erogaciones que serían deducibles para ISR “aun cuando no se esté obligado al pago de este último impuesto” (artículo 5, fracción I). En RESICO, lo que dejas en la mesa al no juntar facturas es IVA.
Y la regla general de siempre: los gastos que exceden 2,000 pesos deben pagarse con transferencia, cheque nominativo o tarjeta (LISR, artículo 27, fracción III). Los requisitos completos están en gastos deducibles.
Fuentes: Ley del ISR, artículos 27, 34 y 113-E; Ley del IVA, artículo 5; portal del SAT. Guía orientativa, valida tu caso con tu contador.
ejemplo de cálculo, con los supuestos a la vista
Ejemplo con supuestos para mostrar la aritmética. No son datos de clientes.
Supuestos: 1,200 pesos al mes de suscripciones, 700 de internet, 3,500 de coworking y 500 de papelería y café, más una laptop de 30,000 pesos una vez en el año. Nada se factura a tu RFC.
- Gasto recurrente: 5,900 pesos al mes con IVA incluido. IVA no acreditado, 5,900 × 0.16 ÷ 1.16 = 813.79 pesos al mes, 9,765 al año.
- Laptop: el IVA no acreditado es 30,000 × 0.16 ÷ 1.16 = 4,137.93 pesos, una sola vez.
- IVA que no acreditas en el año: 13,903 pesos.
- Deducción de ISR que pierdes si tributas con deducciones: 61,034 pesos de gasto recurrente al año, más 7,759 del primer año de la laptop, que es el 30 por ciento de su base sin IVA.
En RESICO la última línea no aplica y la cuenta se queda en los 13,903 pesos de IVA. Sigue siendo dinero.
cómo lo resuelve la app, paso a paso
- Subes el PDF del estado de cuenta de la tarjeta con la que pagas tus herramientas de trabajo.
- La app lee fecha, comercio y monto de cada cargo, incluidos los cobros recurrentes que se repiten con el mismo importe cada mes.
- Con tu CIEC baja tus CFDI recibidos del SAT y cruza por monto y fecha.
- Los cargos sin pareja quedan como pendientes. Los recurrentes se ven a simple vista: si el cobro de marzo tiene CFDI y el de abril no, alguien dejó de timbrar.
- Cada pendiente abre con su portal y tus datos fiscales listos para pegar, con el uso de CFDI que corresponde.
- Para las compras con ticket, la foto basta y la app llena el formulario del comercio.
empieza por los últimos tres meses
El reporte gratis cruza hasta 3 meses de estados de cuenta contra tus CFDI y te dice cuánto quedó sin facturar, separando lo que ya no se recupera de lo que sí. Después, conciliar contra tu banco cada mes evita repetirlo. En el Régimen Simplificado de Confianza revisa la guía de RESICO; como persona física con actividad, la de freelancer.
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Preguntas frecuentes
Estoy en RESICO, ¿me sirve de algo juntar mis facturas?
Sí, por el IVA. En RESICO el ISR se calcula sobre los ingresos cobrados sin aplicar deducción alguna, con tasas de 1 a 2.5 por ciento según el artículo 113-E de la Ley del ISR, pero el IVA se acredita igual que en cualquier régimen: la Ley del IVA considera estrictamente indispensable lo que sería deducible para ISR aun cuando no estés obligado a pagar ese impuesto.
¿La laptop se deduce completa el año que la compro?
No. El equipo de cómputo se deduce como inversión, con un porcentaje máximo del 30 por ciento anual según el artículo 34, fracción VII de la Ley del ISR. El IVA sí se acredita en el mes en que lo pagas, si tienes el CFDI.
Pago suscripciones a plataformas extranjeras, ¿cómo las facturo?
En el panel de facturación de cada plataforma, cargando tu RFC y tus datos fiscales antes del siguiente cobro. Algunas emiten CFDI mexicano y otras solo un recibo, y ese trato es distinto. Revisa con tu contador antes de darlo por deducible.
El recibo del internet está a nombre de otra persona, ¿lo puedo deducir?
No. El CFDI debe estar a tu RFC. Si el servicio lo usas para trabajar, conviene cambiar la titularidad del contrato en vez de intentar acomodar un comprobante que no es tuyo.